Regularizar construcción sin licencia en Perú: 4 pasos

Construir sin licencia municipal es más común de lo que parece. Muchas personas ampliaron un segundo piso, cerraron una azotea, construyeron habitaciones adicionales o modificaron la distribución de su casa sin pedir autorización previa a la municipalidad.

El problema aparece después: cuando quieren vender, independizar, pedir un crédito hipotecario, transferir el inmueble a sus hijos o inscribir la construcción en SUNARP.

En ese momento descubren que el predio figura como terreno, como casa de un piso o con un área construida menor a la real. Es decir, la realidad física del inmueble no coincide con lo que aparece en Registros Públicos ni en la municipalidad.

La buena noticia es que, en determinados casos, sí es posible regularizar una construcción sin licencia en el Perú. Pero no se trata de presentar cualquier plano ni de ir directamente a SUNARP. Primero hay que identificar qué vía corresponde y si la construcción cumple con los requisitos técnicos y legales.

La Ley N.° 27157 regula procedimientos vinculados al saneamiento de unidades inmobiliarias, declaratoria de fábrica y edificaciones con propiedad exclusiva y común. Además, para edificaciones bajo la Ley N.° 29090, SUNARP señala que primero debe obtenerse la aprobación municipal de la declaratoria de fábrica y luego solicitar su inscripción registral.

¿Qué significa regularizar una construcción sin licencia?

Regularizar una construcción significa lograr que la edificación existente sea reconocida legalmente por la municipalidad y/o por SUNARP, según corresponda.

En términos simples, implica que la construcción deje de estar "solo en la realidad" y pase a estar formalmente reconocida en los documentos del inmueble.

Esto puede permitir:

  • Inscribir la declaratoria de fábrica.

  • Actualizar el área construida.

  • Corregir la información municipal.

  • Facilitar una futura compraventa.

  • Preparar una independización.

  • Evitar observaciones en notaría, municipalidad o SUNARP.

  • Reducir riesgos frente a fiscalizaciones o procedimientos sancionadores.

Pero atención: no toda construcción sin licencia se puede regularizar automáticamente. Si la obra invade retiro municipal, excede la altura permitida, afecta áreas comunes, compromete la seguridad estructural o está en zona con restricciones especiales, puede tener observaciones o incluso no ser regularizable.

Paso 1: Revisar la situación legal y técnica del inmueble

El primer paso no es hacer planos. El primer paso es diagnosticar.

Antes de iniciar cualquier trámite, se debe revisar qué dice la partida registral, qué figura en la municipalidad y qué existe físicamente en el inmueble.

En esta etapa se debe verificar:

  • Partida registral del inmueble.

  • Área de terreno inscrita.

  • Área construida declarada.

  • Antigüedad aproximada de la construcción.

  • Licencias anteriores, si existieran.

  • Autovalúo, hoja resumen y predio urbano.

  • Parámetros urbanísticos y edificatorios.

  • Zonificación.

  • Uso permitido.

  • Si existen multas, notificaciones o procedimientos sancionadores.

  • Si el predio está sujeto a régimen de propiedad exclusiva y común.

Este punto es clave porque la vía de regularización dependerá de la fecha de construcción, del tipo de inmueble y de la normativa aplicable.

Por ejemplo, SUNARP distingue requisitos para declaratoria de fábrica bajo Ley N.° 29090 en construcciones realizadas desde el 21 de julio de 1999, y también contempla la vía de la Ley N.° 27157, modificada por la Ley N.° 30830, para construcciones finalizadas hasta el 31 de diciembre de 2016.

Además, el Texto Único Ordenado de la Ley N.° 29090 contempló reglas específicas para edificaciones ejecutadas sin licencia municipal, señalando que las edificaciones ejecutadas desde el 1 de enero de 2017 hasta el 17 de septiembre de 2018 podían ser regularizadas individualmente por las municipalidades, siempre que cumplieran con la normativa vigente a la fecha de construcción o con la normativa vigente si esta resultaba más favorable.

Por eso, antes de prometer que "sí se puede regularizar", se debe hacer una evaluación previa.

Paso 2: Preparar el expediente técnico con profesionales competentes

Una vez identificada la vía, corresponde preparar el expediente técnico.

Aquí intervienen arquitectos, ingenieros civiles, verificadores responsables u otros profesionales, según el tipo de procedimiento. No basta con presentar un croquis o un plano simple. La municipalidad o SUNARP revisarán documentos técnicos formales.

Dependiendo del caso, el expediente puede incluir:

  • Plano de ubicación y localización.

  • Plano de distribución.

  • Memoria descriptiva.

  • Informe técnico.

  • Declaraciones juradas.

  • Formulario correspondiente.

  • Certificados o documentos municipales.

  • Firma de profesionales habilitados.

  • Documentos del propietario.

  • Pago de derechos administrativos o registrales.

Para la declaratoria de fábrica bajo Ley N.° 29090, SUNARP indica que se requiere, entre otros documentos, el Formulario Único de Edificaciones —FUE— con sello de recepción de la municipalidad competente, planos autorizados por profesional competente y aprobados por la municipalidad.

En la vía de Ley N.° 27157, SUNARP señala que se utiliza el Formulario Registral —FOR— suscrito por propietarios y verificador responsable, además de planos e informe técnico de verificación.

Este paso es uno de los más importantes, porque muchos expedientes son observados por errores técnicos: planos que no coinciden con la realidad, áreas mal calculadas, falta de firmas, omisión de documentación o incompatibilidad con parámetros municipales.

Paso 3: Presentar la regularización ante la entidad correcta

No todos los casos se presentan en la misma entidad.

En algunos casos, el trámite empieza en la municipalidad. En otros, puede corresponder una vía registral o notarial, según la antigüedad de la construcción y la normativa aplicable. También puede ser necesario coordinar ambas etapas: primero municipalidad y luego SUNARP.

El Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación fue aprobado por el Decreto Supremo N.° 029-2019-VIVIENDA, que regula procedimientos relacionados con licencias de habilitación urbana y edificación.

En la práctica, la municipalidad puede revisar si la construcción cumple con:

  • Zonificación.

  • Altura permitida.

  • Retiro municipal.

  • Área libre.

  • Coeficiente de edificación.

  • Estacionamientos, cuando corresponda.

  • Seguridad estructural.

  • Compatibilidad de uso.

  • Normas del Reglamento Nacional de Edificaciones.

  • Restricciones urbanísticas o patrimoniales.

Si el expediente cumple, la municipalidad puede emitir la resolución o aprobación correspondiente, según el procedimiento aplicable.

Pero si el inmueble tiene observaciones, la entidad puede requerir subsanaciones. Por ejemplo: corregir planos, aclarar áreas, presentar documentos faltantes o acreditar mejor la fecha de construcción.

Paso 4: Inscribir la construcción en SUNARP y actualizar la información del inmueble

La regularización no debería quedarse únicamente en la municipalidad.

Si el objetivo es vender, independizar, financiar, heredar o formalizar completamente el inmueble, lo recomendable es que la declaratoria de fábrica o edificación también se inscriba en SUNARP.

De esa manera, la partida registral reflejará la realidad actual del predio.

Este paso puede permitir:

  • Que el inmueble figure con su construcción real.

  • Que el comprador tenga mayor seguridad jurídica.

  • Que el banco evalúe mejor el bien para un crédito.

  • Que se pueda iniciar una independización, si corresponde.

  • Que los herederos reciban un inmueble saneado.

  • Que se reduzcan observaciones notariales o registrales.

SUNARP señala expresamente que, para la declaratoria de fábrica bajo Ley N.° 29090, primero debe obtenerse la aprobación de la declaración de fábrica en la municipalidad y posteriormente solicitar la inscripción registral.

Por eso, el saneamiento no debe verse como un simple trámite administrativo, sino como una estrategia legal para ordenar el inmueble y proteger su valor.

Errores frecuentes al intentar regularizar una construcción sin licencia

Uno de los errores más comunes es pensar que cualquier construcción antigua puede regularizarse solo con planos. No es así.

También es frecuente que el propietario acuda directamente a SUNARP sin haber revisado si necesita aprobación municipal previa. En otros casos, se prepara el expediente técnico sin revisar la partida registral, generando diferencias entre el área inscrita, el área municipal y el área real.

Otros errores habituales son:

  • No verificar la fecha de construcción.

  • No revisar parámetros urbanísticos.

  • No confirmar si existen multas municipales.

  • No revisar si el inmueble pertenece a una junta de propietarios.

  • No verificar si la construcción afecta áreas comunes.

  • No evaluar si la obra cumple normas de seguridad.

  • No preparar correctamente los planos.

  • No contar con asesoría legal antes de iniciar el trámite.

Estos errores pueden generar observaciones, pérdida de tiempo, gastos innecesarios o incluso procedimientos sancionadores.

¿Cuándo conviene regularizar una construcción sin licencia?

Conviene regularizar antes de que el problema aparezca.

Especialmente si estás pensando en:

  • Vender tu inmueble.

  • Comprar una propiedad con ampliaciones.

  • Solicitar un crédito hipotecario.

  • Independizar pisos o departamentos.

  • Transferir el inmueble a tus hijos.

  • Levantar observaciones de SUNARP.

  • Resolver discrepancias con la municipalidad.

  • Evitar problemas con copropietarios o vecinos.

Mientras más se postergue la regularización, más difícil puede ser reconstruir la documentación, acreditar fechas o corregir observaciones.

Conclusión

Regularizar una construcción sin licencia en Perú sí puede ser posible, pero depende del caso concreto.

No basta con decir "mi casa ya está construida" o "todos en la zona han construido igual". Se debe revisar la partida registral, la municipalidad, la fecha de construcción, los parámetros urbanísticos y la vía legal aplicable.

Los 4 pasos principales son:

  1. Revisar la situación legal y técnica del inmueble.

  2. Preparar el expediente técnico con profesionales competentes.

  3. Presentar la regularización ante la entidad correcta.

  4. Inscribir la construcción en SUNARP y actualizar la información del predio.

Si tu inmueble tiene una construcción no declarada, una ampliación sin licencia o diferencias entre la realidad física y la partida registral, lo más recomendable es realizar una evaluación legal antes de iniciar el trámite.

En Cervantes Abogados Inmobiliarios revisamos tu caso, identificamos la vía aplicable y te orientamos para regularizar tu construcción de forma ordenada, evitando observaciones, gastos innecesarios y riesgos legales.Tener una construcción sin licencia no solo genera incomodidad: puede bloquear una venta, impedir una independización, complicar un crédito o causar observaciones ante la municipalidad y SUNARP. La regularización debe abordarse con documentos técnicos y revisión legal, no solo como un trámite. En esta guía encontrarás los puntos básicos que debes ordenar antes de iniciar el saneamiento de tu construcción.

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