Actas de junta de propietarios en Perú: cómo elaborarlas

Una junta de propietarios desordenada afecta la convivencia, el cobro de cuotas, la administración del edificio y la validez de los acuerdos. Las actas no son una simple formalidad: constituyen la prueba de lo que se decidió, quiénes participaron y cómo debe ejecutarse cada acuerdo. Este artículo explica qué aspectos deben cuidarse para que la gestión del edificio cuente con un respaldo legal sólido.

El contenido obligatorio del Acta.

De acuerdo con el artículo 17 de la Ley N° 27157 (Ley de Propiedad Horizontal), las actas deben incluir, como mínimo, la siguiente información:

  • Fecha, Hora y Lugar de la Reunión: Debe especificarse claramente el momento y lugar en el que se llevó a cabo la junta.
  • Convocatoria: Información sobre cómo se realizó la convocatoria (fecha de emisión, medios utilizados y responsables).
  • Asistentes: Relación de los propietarios presentes, con indicación de sus nombres, unidades inmobiliarias que representan y porcentaje de participación.
  • Orden del Día: Detalle de los puntos a tratar en la reunión, conforme a la convocatoria.
  • Desarrollo de la Reunión: Resumen detallado de las discusiones, propuestas y acuerdos tomados.
  • Resultados de las Votaciones: Registro de los votos emitidos y resultados de cada votación, incluyendo el porcentaje de aprobación o rechazo.
  • Firma de los Asistentes: Al finalizar, el acta debe ser firmada por todos los asistentes, o al menos por el presidente de la junta y el secretario.

Procedimiento para la elaboración de Actas de Junta de Propietarios.

Distribución: una vez aprobada, entrega o envía el acta a todos los propietarios para que conozcan los acuerdos adoptados. Si el edificio necesita ordenar actas, reglamento interno, acuerdos o la inscripción de la junta, es posible solicitar una consulta legal o un presupuesto según el estado de la documentación.

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